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Abogado en Houston para casos de inmigración basada en la familia
Asistencia legal experimentada y compasiva
Bajo la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA), la inmigración basada en la familia permite a los individuos elegibles actuar como patrocinadores para obtener visados para miembros de su familia. Este proceso puede ser confuso y, a veces, abrumador. También puede consumir mucho tiempo. Para asegurarse de que su solicitud no sufre retrasos o es denegada por errores u omisiones, es vital que cuente con la ayuda de un abogado de inmigración de confianza. Usted puede acudir a Galaviz Law Firm, PLLC para recibir ayuda con el proceso. Nuestro abogado de inmigración en Houston para casos de inmigración basada en la familia conoce profundamente las leyes de inmigración y siente pasión por mantener a las familia unidas.
Contacte con nuestro bufete para recibir ayuda llamando al (713) 597-5642 o a través de nuestro formulario online.
¿Cómo funciona la inmigración basada en la familia?
El proceso de inmigración basada en la familia incluye entregar todos los formularios y documentación necesaria, cumplir con los plazos de entrega, pagar tasas y mucho más.
Bajo la ley, existen dos categorías de visados para la inmigración basada en la familia:
- Visados para familiares inmediatos de ciudadanos de los EE.UU.
- Visados de preferencia familiar para ciudadanos de los EE.UU. y Residentes Legales Permanentes
Los visados para familiares inmediatos son ilimitados, lo que significa que no existe un límite de visados aprobados por el sistema cada año. Sin embargo, los visados de preferencia familia sí tienen límite. Cuando se alcanza cierta cuota, no hay más visados disponibles para dicho año.
Se consideran familiares inmediatos de los ciudadanos de los EE.UU. a los cónyuges, hijos no casados menores de 21 años, huérfanos adoptados en el extranjero, huérfanos adoptados en los EE.UU. y padre de ciudadanos de los EE.UU. mayores de 21 años.
Los visados de preferencia familiar se pueden otorgar a:
- Hijos no casados de ciudadanos de EE.UU. y los hijos menores de edad de estos
- Cónyuges, hijos menores de edad e hijos no casados menores o mayores de 21 años de Residentes Legales Permanentes
- Hijos casados de ciudadanos de EE.UU. y sus hijos menores de edad.
- Hermanos de ciudadanos de EE.UU., sus cónyuges e hijos (El ciudadano de EE.UU. debe tener al menos 21 años de edad U.S.)
Aquellos que no pueden patrocinar la inmigración de un miembro de la familia son los abuelo, tíos, familiares políticos y primos.
Trabaje con un cualificado abogado de inmigración basada en la familia en Houston
En Galaviz Law Firm, PLLC, sabemos lo estresante que es lidiar con cualquier proceso legal. Este estrés puede aumentar si la situación implica a sus seres queridos. Por ello, trabajamos sin descanso para ayudar a nuestros clientes durante todo el proceso. Como el hijo de padres que emigraron, nuestro abogado sabe bien lo importante que su petición de visado es para su futuro y se compromete a ayudarle a obtener resultados exitosos.
Infórmese sobre cómo podemos ayudarle. Contáctenos al (713) 597-5642.
Testimonios de clientes
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"Ayer tuvimos la oportunidad de conocer al abogado Galaviz. de inmediato su persona nos dio la confianza que todo iba a estar bien. Le damos gracias al Señor por ponernos a este hombre para ayudarnos ..lo recomendamos con toda confianza ."
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"El abogado es honesto, agarro el caso dificil de mi mama para que no fuera deportada cuando fue detenida por imigracion. Estoy muy feliz que mi mama no la deportaron gracias al abogado Galaviz."
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